El verano es un largo período vacacional en el que hay que aprovechar al máximo la compañía de los hijos. Para eso es fundamental tener claras y presentes una serie de cuestiones que evitarán malentendidos e interpretaciones extrañas de los convenios reguladores y sentencias que arruinen nuestras vacaciones. Os presento una serie de consejos para disfrutar de las vacaciones de verano en el divorcio con hijos.
El verano es un tiempo compartido
Hay que partir de la idea de que los hijos tienen el derecho de relacionarse por igual con cada uno de sus progenitores, por eso este tiempo vacacional se divide en dos períodos iguales en días de estancia con cada progenitor. Lo normal y lo deseable es que se acompase al calendario escolar, de ahí que en muchos convenios reguladores y sentencias se hable de “vacaciones escolares de verano”.
Suele ser habitual que este período vacacional se divida en cuatro quincenas los meses de julio y agosto, eligiendo cada padre sus quincenas, uno en años pares y terminados en 0 y otro en años impares, sin que se puedan elegir quincenas seguidas. Esta elección, por cuestiones de organización del otro, debe tener un tope, una fecha límite de preaviso, de forma que, transcurrida esa fecha sin haber elegido, se pierde el derecho y pasa al otro progenitor.
¿Qué ocurre entonces con los días de junio y septiembre en los que los niños están de vacaciones y el convenio o la sentencia no dice nada al respecto(que suele ser lo habitual)? Habría dos soluciones o propuestas:
- si se tiene oportunidad de regular estos días, se debe hacer incluyéndolos en el régimen vacacional de verano en el convenio regulador, de forma que si ese acuerdo es definitivo, se puede anexar al convenio y homologarse por el Juzgado;
- a falta de esa regulación se impone el acuerdo puntual entre los padres respecto a cómo se van a distribuir esos días con sus hijos ese año teniendo en cuenta que lo normal sería entender que los días de junio pertenecerían a quien elija el mes de julio o corresponda la primera quincena de julio y los de septiembre a quien haya elegido agosto o corresponda la segunda quincena de dicho mes.
En verano se suspende el régimen de custodia y visitas
Podría parecer algo obvio, pero muchos padres cometen el error de pensar que si el otro progenitor no se va de vacaciones, seguiría el régimen de visitas o el período normal de custodia. Este error es muy frecuente y hay que decir que no es así, ya que de lo que se trata es de que cada progenitor disfrute de la compañía de sus hijos durante este período vacacional, independientemente de que se vaya o no de vacaciones.
Terminado el período vacacional se reanudará el régimen normal de custodia y visitas, normalmente comenzando por el progenitor que no hubiera tenido la custodia o no le hubiera correspondido el fin de semana previo a las vacaciones de verano.
En verano no se suspende el pago de la pensión de alimentos
Este es otro error habitual en personas divorciadas que no tienen la custodia de sus hijos. “Como tengo a mis hijos durante un mes no tengo que pagar la pensión ese mes porque yo corro con todos sus gastos”… Siempre pongo el mismo ejemplo: de la misma forma que si uno se va de vacaciones un mes, no por ello deja de pagar la hipoteca, la comunidad o la luz de su casa ese mes, en cierto modo, lo mismo ocurre con la pensión de alimentos. Esto es así porque esta pensión está pensada para cubrir los gastos anuales de los hijos (de ahí que se actualice anualmente), pero se reparte por mensualidades para hacer más factible su pago.
La información también debe ser compartida en las vacaciones de verano
El verano no es solo un período compartido en el sentido de tiempo de estancia de cada progenitor con los hijos, sino también en el sentido de que la información entre los padres debe ser compartida. Es normal que cada progenitor desee irse con sus hijos de vacaciones a destinos alejados de su domicilio, incluso al extranjero. Pues bien, es necesario y obligado informar al otro sobre los días y el lugar en dónde van a estar sus hijos.
Si el destino es el extranjero, bastaría simplemente con informar, salvo que se trate de un destino fuera de la UE que requiera llevar el pasaporte, en ese caso sería necesario el consentimiento del otro progenitor, y en caso de que se negase, no quedaría más remedio que recabar el permiso del juez.
No obstante hay que considerar que en la práctica requerir el consentimiento del otro progenitor para viajar al extranjero con los hijos menores de edad, tiene sentido cuando se trata de casos en los que exista riesgo cierto de traslado ilícito o secuestro de menores.
Las vacaciones de verano en el divorcio son un paréntesis en todos los sentidos, incluido el régimen de custodia y visitas, en el que la información entre ambos progenitores cobra especial relevancia, que no exime de seguir contribuyendo al sostenimiento anual de los hijos.
Tres cosas que saber y hacer antes de divorciarse
En este artículo voy a comentar tres cuestiones legales que en muchas ocasiones me han planteado algunos de mis clientes
Ganancialidad de bienes adquiridos con fondos privativos
Los bienes adquiridos con dinero privativo durante la vigencia de la sociedad conyugal, tendrán carácter común (ganancial) si existe pacto
¿Son válidos los informes de detective en los procesos de familia?
¿Es legal contratar un detective en los procesos de familia? Los informes de los profesionales de la investigación privada se