¿Quién es el mediador?
Puede ser cualquier persona en pleno uso de sus derechos civiles, que tenga una titulación universitaria o formación profesional superior y una formación específica para ejercer la mediación. Su labor va a consistir fundamentalmente en:
- rebajar tensiones y crear un clima de acogida y confianza a fin de que expresemos lo que opinamos respecto de la situación de crisis matrimonial.
- ayudar a las partes a asumir su parte de responsabilidad (lo cual no es nada fácil) y animar a los cónyuges a que cooperen para encontrar una solución;
- el mediador que siempre asume el control de la mediación, “ensancha el terreno de juego”, abre la mente a las partes para explorar más allá de la idea con la que inicialmente llegan a la mediación.
Partes de la mediación
- Premediación, en la que el mediador explica a las partes qué objeto tiene la mediación, así como los derechos y las obligaciones de estas durante el proceso. También en esta fase el mediador junto con las partes acuerda una serie de cosas, como el plazo máximo de duración del proceso, el número de sesiones, horario de las mismas, lengua del procedimiento, honorarios del mediador, etc.
- Fase de mediación. Esta fase se desarrolla en diversas sesiones que tienen por objeto trabajar los temas que impiden que las partes lleguen a un consenso. Aquí la figura del mediador es clave pues es un momento del proceso delicado ya que las partes exponen cara a cara sus opiniones. El mediador asume el mando del proceso rebajando la tensión, creando un clima de confianza y respeto y ayudando a las partes a que propongan alternativas cambiando la idea del “yo gano” por la de “ganamos todos”.
- Fase de terminación. Terminada la mediación, se documenta el acuerdo global alcanzado (si es que se ha llegado al mismo, claro está), levantando la llamada “Acta de mediación” que será firmada por las partes. El mediador explicará las consecuencias de ese acuerdo debiendo ser presentado en el Juzgado para ratificarlo a fin de que tenga lo que se llama “fuerza ejecutiva” es decir, que obligue realmente a las partes a cumplirlo y no dejarlo a merced de la buena voluntad. En caso de que no haya sido posible llegar a un acuerdo, también se documentará y se indicará la causa por la que la mediación ha resultado fallida.
Ventajas de la mediación
Conclusión

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