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¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Las capitulaciones matrimoniales son, en esencia, un documento en el que los cónyuges pactan las normas (básicamente económicas) por las que se va a regir el matrimonio, así como cualesquiera otras cuestiones que tengan por conveniente: de carácter familiar, normas sucesorias, etc.

Normalmente se otorgan antes de contraer matrimonio pero nada impide que puedan otorgarse también después de celebrado éste y además se pueden otorgar cuantas veces se desee. Lo fundamental es que se encuentren documentadas en escritura pública, esta circunstancia es un requisito de validez ya que solo de esta forma tendrán acceso al Registro Civil y, en su caso, al de la Propiedad si es que en su contenido los cónyuges pactan alterar la titularidad de algún bien inmueble.

Como hemos dicho anteriormente, en las capitulaciones matrimoniales los cónyuges pueden pactar todo aquello que estimen conveniente para la buena marcha de su matrimonio, a lo que hay que añadir que esto es así siempre que lo pactado no sea contrario a la ley, las buenas costumbres o limite el principio de igualdad entre los cónyuges, pues eso implicaría la nulidad del pacto o acuerdo en cuestión.

Régimen económico

El contenido de las capitulaciones suele ser netamente económico, haciendo referencia al tipo de régimen por el que se va a regir el matrimonio. Así, en territorios donde no existe el Derecho foral y en algunos con derecho civil propio (por ejemplo, Aragón), rige por defecto el sistema de sociedad conyugal, por lo que quienes otorgan capitulaciones en estos territorios antes de celebrar el matrimonio, lo hacen para instaurar el régimen de separación de bienes o bien, una vez celebrado el matrimonio, para modificar este sistema y pasar al de separación de bienes.

En la práctica los motivos por los que se otorgan las capitulaciones matrimoniales una vez celebrado el matrimonio suelen ser dos:

  • como antesala de la separación o divorcio por la cual los cónyuges que ya no desean convivir juntos pactan la separación de bienes como paso previo a la desvinculación total en el aspecto patrimonial
  • establecer alguna cautela para salvaguardar el patrimonio personal de cada cónyuge de los avatares a los que se someten las actividades económicas que estos realizan

Conviene distinguir las capitulaciones matrimoniales de los llamados “pactos prematrimoniales”, y alguna diferencia ya hemos apuntado en cuanto que las capitulaciones pueden otorgarse tanto antes de celebrar el matrimonio como posteriormente, mientras que los pactos prematrimoniales, como su propio nombre indica solo cabe hacerlos antes del matrimonio. Sin embargo las mayores diferencias estriban en su contenido, ya que mientras las capitulaciones versan sobre el tipo de régimen económico del matrimonio y todo aquello que los cónyuges quieran pactar, los pactos prematrimoniales solo contienen previsiones de carácter personal y económico para el caso de ruptura de la convivencia matrimonial. Por último, los pactos prematrimoniales no precisan estar documentados en escritura pública como requisito de validez bastando que consten en documento privado, al contrario que las capitulaciones que sí lo requieren.



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